Celebrada en Seúl, República de Corea, en el mes de octubre del año 2004, ha dictado las resoluciones y actualización del Código de Deontología, que se pasarán a consignar:
RESOLUCIONES
Resolución Nº 1: Considerando la innegable importancia que reviste el patrimonio inmaterial y su papel que desempeña en la preservación de la diversidad cultural,
1. Hace suya la Convención para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial de la UNESCO de 2003;
2. Insta a todos los Estados a que ratifiquen dicha Convención;
3. Alienta a todos los países, y especialmente a los países en desarrollo donde existe una sólida tradición oral, a que creen un Fondo de Promoción del Patrimonio Inmaterial;
4. Invita a todos los museos dedicados al acopio, preservación y promoción del patrimonio inmaterial a que presten una atención particular a la conservación de todos los elementos archivados perecederos, especialmente los recursos documentales y electrónicos relativos al patrimonio;
5. Insta a las autoridades nacionales y locales a que adopten y apliquen eficazmente leyes y reglamentos apropiados para proteger el patrimonio inmaterial;
6. Recomienda a las museos que estén atentos y resistan a cualquier tentativa de uso indebido a los recursos del patrimonio inmaterial, y más concretamente a toda comercialización que no redunde en beneficio de sus conservadores primordiales;
7. Insta a las Organizaciones Regionales, los Comités Nacionales y a otros órganos del ICOM a que colaboren estrechamente con organismos locales en la elaboración y aplicación de esos instrumentos jurídicos, así como la necesaria formación profesional del personal encargado de su aplicación efectiva;
8. Recomienda que todos los programas de formación de profesionales de museos recalquen la importancia del patrimonio inmaterial y hagan que la comprensión de éste constituya una exigencia para la calificación profesional;
9. Recomienda asimismo que el Consejo Ejecutivo, en colaboración con el Comité Internacional para la Formación del Profesional (ICTOP), efectúe lo antes posible las modificaciones necesarias en la Guías de currículo para profesional en museos de ICOM (1971, última revisión 1999);
10. Decide que la presente Resolución será denominada desde ahora «Declaración de Seúl del Consejo Internacional de Museos sobre el Patrimonio Inmaterial».
Resolución Nº 2: Considerando las resoluciones anteriores del ICOM (1986, 1989 y 2001), así como la adopción de la recomendación E del informe del Grupo de Trabajo sobre la Utilización de las Lenguas del 9 de Febrero de 2004, en la que se dice que «sería deseable que en la Asamblea General y las sesiones plenarias de la Conferencia General se utilizase(n) la(s) lengua(s) del país anfitrión, además de las tres lenguas oficiales»,
1. Reitera la decisión de Barcelona 2001 de adoptar el español (castellano) como tercer idioma oficial del ICOM;
2. Adopta en su totalidad la Recomendación E del Informe del Grupo de Trabajo sobre Utilización de las Lenguas.
Resolución Nº 3:
1. Insta al ICOM a que considere la región árabe como una región prioritaria en su programa;
2. Insta asimismo al ICOM a que realice en esa región actividades de formación de profesionales del museo, proporcionando todo el apoyo necesario para ello;
3. Invita a los Comités Internacionales a que manifiesten su solidaridad con los esfuerzos que realizan los museos árabes para lograr que se reconozca su panel e importancia en la promoción del entendimiento intercultural y de la diversidad cultural del mundo.
Resolución Nº 4. Recordando la Resolución No. 2 de la 18ª Asamblea General del ICOM, celebrada en Stavanger, Noruega, el 7 de Julio de 1995, en la que se condena la destrucción deliberada del patrimonio cultural durante los conflictos armados, Considerando que el patrimonio material e inmaterial es un componente fundamental de la identidad cultural, Consciente de la vulnerabilidad de ese patrimonio y de nuestro deber moral de velar que las generaciones presentes y venideras tengan acceso al mismo,
1. Recalca la necesidad de que todos los gobiernos ratifiquen la Convención de La Haya de 1954 para la protección de la bienes culturales en los conflicto armado y sus correspondientes Protocolos;
2. Invita al ICOM, los gobiernos, el Comité internacional del Exudo Azul (ICBS) y las organizaciones internacionales interesadas a que suministren asistencia técnica y financiera a los países que han sido víctimas de un conflicto armado, a fin de ayudarles a documentar e inventariar su patrimonio cultural después del conflicto;
3. Deplora y condena los saqueos y actos de vandalismo contra toda institución de cualquier país encargada del patrimonio cultural, como los que por desgracia se perpetraron recientemente en Irak y otros países;
4. Pide a la comunidad museística internacional que elabore medidas de protección y preste toda la ayuda necesaria para la reconstrucción de museos, bibliotecas, monumentos y sitios, así como para la restitución de las colecciones perdidas y la conservación y documentación de las colecciones restantes.
Resolución Nº 5: Reconociendo el bien fundamentado de la Resolución No. 2 sobre la autonomía de los museos adoptada en la 20ª Asamblea General del ICOM, celebrada en Barcelona, España, el 6 de Julio de 2001, Reitera los términos de dicha resolución, con miras a que los museos logren una mayor autonomía financiera y funcional.